Con fecha de 3 de mayo de 2020, se publica la Orden SND/388/2020, de 3 de mayo, por la que se establecen las condiciones para la apertura al público de determinados comercios y servicios, y la apertura de archivos, así como para la práctica del deporte profesional y federado (BOE n.º 123 de 03/05/2020). Este texto incluye en el Capítulo IV, las condiciones específicas para la apertura al público, realización de actividades y prestación de servicios en los archivos, de cualquier titularidad y gestión.
En base a la citada orden, se regula la reapertura del Archivo Municipal de Monforte del Cid bajo las condiciones siguientes:
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Actividades y servicios.
1. El archivo prestará sus servicios preferentemente por vía telemática, mediante solicitudes y peticiones que serán atendidas, cuando resulte posible, por los servicios de información, administración y reprografía digital. Las solicitudes se realizarán de manera telemática a través de nuestra sede electrónica:
https://monfortedelcid.sedelectronica.es/info.0.
Las solicitudes se registrarán y atenderán por orden de recepción y serán atendidas, siguiendo este criterio, por el servicio de Archivo y Atención al Ciudadano, quienes proporcionarán la información oportuna, o entregarán las correspondientes copias digitales o en papel, obtenidas a partir de soportes digitales, hasta un máximo de veinticinco unidades.
2. No obstante lo establecido en el apartado 1, cuando sea absolutamente imprescindible, los ciudadanos podrán solicitar la consulta presencial de hasta diez documentos o unidades de instalación física en que éstos se encuentren, por jornada de trabajo. Estas consultas deberán realizarse en las dependencias establecidas para este fin.
El archivo comunicará por correo electrónico, la fecha y las condiciones de consulta de los documentos o unidades de instalación correspondientes.
Los servicios presenciales de cualquier tipo, serán solicitados mediante sistema de cita previa, bien por teléfono, llamando al 965620025 o por correo electrónico a través de la dirección archivomunicipal@monfortedelcid.es, y serán atendidos por riguroso orden de solicitud.
3. Sin perjuicio de lo dispuesto en los apartados anteriores, tanto en el caso de solicitudes presenciales como telemáticas, serán atendidas de manera prioritaria las peticiones de información y las copias de documentos que deban aportarse en procedimientos administrativos y judiciales.
4. Si concurrieran circunstancias excepcionales que justifiquen que no puedan atenderse las solicitudes de acceso a los documentos o a las unidades de instalación, o concurriera cualquier circunstancia técnica que impidiera realizar las copias solicitadas, se procurará atender las peticiones realizadas a la mayor brevedad. Esta circunstancia deberá se comunicará a los interesados telefónicamente o mediante correo electrónico.
5. Los ordenadores y medios informáticos de los archivos, destinados para el uso público de los ciudadanos, no podrán ser empleados por usuarios e investigadores. Estos podrán, sin embargo, utilizar sus equipos y recursos personales con conectividad a la red durante su estancia en las salas de consulta o en las que se habiliten para tal fin.
6. Los documentos y materiales del archivo a los que tengan acceso los usuarios de manera presencial deberán quedar en cuarentena durante un período mínimo de diez días antes de poder ser utilizados de nuevo.
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Procedimiento y requisitos para el acceso de los ciudadanos al archivo.
1. Los ciudadanos que accedan a las instalaciones del archivo deberán adoptar las medidas adecuadas para proteger su salud y evitar contagios, así como cumplir las recomendaciones de las autoridades sanitarias; manteniendo la correspondiente distancia interpersonal, tanto en los circuitos de comunicación y demanda de servicios administrativos, como en las salas de trabajo y consulta, o en cualesquiera otras dependencias y espacios de uso público.
2. El archivo pondrá a disposición de quienes accedan al mismo toallas de papel desechables y solución hidroalcohólica.