De conformidad con lo previsto en Ley 25/2013 de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas del Sector Público, lo previsto en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como la instrucción interna para las operaciones de cierre del ejercicio 2020, se informa que:
Los proveedores que hayan realizado servicios, suministro u obras a este Ayuntamiento podrán presentar física y/o telemáticamente las facturas hasta el 4 de diciembre, después de esta fecha su tramitación se realizará en el siguiente ejercicio económico.
Para los obligados a presentar las facturas telemáticamente (art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas), estos podrán realizar dicha presentación a través del:
- Punto general de entrada de facturas electrónicas (FACE).
- Sede electrónica del Ayuntamiento, apartado factura electrónica en formato PDF.
Para poder proceder al registro de las facturas electrónicas es obligatorio conocer el código DIR-3 (Oficina contable, Órgano Gestor y Unidad Tramitadora):
-Código de Entidad: L01030882
-Órgano de tramitación: L01030882
-Oficina contable: L01030882